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Cassirer: Kant - as grandes idéias centrais

quarta-feira 23 de março de 2022, por Cardoso de Castro

Ahora bien, ya dentro del sistema completo se ha descubierto un nuevo fundamentum divisionis para este postulado, cuyas raíces se remontan, como vemos, hasta muy atrás. "La posibilidad de la experiencia —se dice en el capítulo "sobre el principio supremo de todos los juicios sintéticos", exponiendo este fundamento de división— es, pues, lo que infunde realidad objetiva a priori a todos nuestros conocimientos. Y la experiencia descansa sobre la unidad sintética de los fenómenos, es decir, sobre una síntesis basada en los conceptos del objeto de los fenómenos en general, sin la cual no sería siquiera conocimiento, sino una rapsodia de observaciones que no aparecerían agrupadas formando un contexto conforme a las reglas de una conciencia (posible) absolutamente articulada ni, por tanto, la unidad transcendental y necesaria de la apercepción. Por consiguiente, la experiencia tiene que basar su forma apriorística en principios, es decir, en reglas generales que presidan la unidad sintética de los fenómenos y cuya realidad objetiva se dé siempre como condición necesaria en la experiencia e incluso en la posibilidad de ésta. Fuera de esta relación, las proposiciones sintéticas a priori son totalmente imposibles, ya que carecen de un tercer término, de un objeto sobre el cual pueda contrastarse la realidad objetiva de la unidad sintética de sus conceptos. .. Y como, por tanto, la experiencia en cuanto síntesis empírica es, en su posibilidad, el único tipo de conocimiento que infunde realidad a todas las demás síntesis, nos encontramos con que ésta sólo puede ser verdadera (es decir, coincidir con el objeto) como conocimiento apriorístico siempre y cuando encierre exclusivamente lo necesario para la unidad sintética de la experiencia... De este modo, los juicios sintéticos a priori son posibles cuando... decimos: las condiciones para la posibilidad de la experiencia en general son, al mismo tiempo, condiciones para la posibilidad de los objetos de la experiencia y tienen, por tanto, validez objetiva en un juicio sintético a priori."

En las líneas anteriores se descubre ante nosotros toda la trabazón interna de la Crítica de la razón pura. Se parte de la experiencia, pero no como de una suma de cosas definitivas con cualidades determinadas y también definitivas, ni como una simple rapsodia de observaciones, ya que es la necesidad en el engarce, el imperio de leyes objetivas lo que caracteriza y determina su concepto. Hasta aquí, la metodología trascendental no ha hecho más que definir lo que en la física matemática venía rigiendo desde hacía largo tiempo y se reconocía por ella, consciente o inconscientemente. La tesis de Kant según la cual todo auténtico juicio de experiencia debe encerrar una necesidad en la síntesis de las observaciones no hace, en realidad, más que reducir a su expresión más concisa y más palmaria un postulado que había sido proclamado ya por Galileo. Lo que se hace es, sencillamente, sustituir el concepto de experiencia del sensualismo filosófico por el del empirismo matemático.

Pero en este punto se opera, además, la característica "revolución en cuanto al modo de pensar". Si hasta aquí se consideraba la necesidad como basada en los objetos y sólo se desplazaba indirectamente de ellos al conocimiento, ahora se comprende que, por el contrario, partiendo de una necesidad originaria en cuanto al conocimiento mismo es como se engendra toda idea del "objeto", "pues éste no es otra cosa que el algo cuya necesidad de síntesis expresa el concepto".

En la sucesión de nuestras sensaciones e ideas no reina el capricho, sino que rigen leyes estrictas que excluyen todo punto de vista subjetivo: por ello precisamente es por lo que existe para nosotros una coordinación "objetiva" de los fenómenos. Lo que la experiencia señala y constituye como "tipo de conocimiento" es, por tanto, lo que condiciona y hace posible el establecimiento de objetos empíricos. ¿Puede, fuera de esta relación, haber para nosotros algún objeto? Por el momento, esta pregunta es perfectamente ociosa para nosotros, y tiene que serlo, además, con arreglo a la idea básica trascendental mientras no se ponga de manifiesto para esta otra supuesta modalidad del objeto otro tipo de conocimiento cuya estructura se distinga de un modo característico del de la experiencia.

Ahora bien, aquí, cuando aún no comprendemos siquiera el postulado de semejante tipo de conocimiento o cuando, por lo menos, la realización sigue siendo perfectamente problemática, no cabe otra conclusión que la que se desprende del principio supremo. Las condiciones sobre las que descansa la experiencia como función son, al mismo tiempo, las condiciones de todo lo que de ella podemos derivar como resultado, pues toda determinación en cuanto objeto se basa en el entrelazamiento de las formas puras de intuición con los conceptos intelectivos puros, entrelazamiento que es el que convierte lo múltiple y heterogéneo de las simples percepciones en un sistema de reglas y, por tanto, en "objeto".


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